Régimen de Confianza 2022: ¿cómo serán las deducciones para personas físicas?

El SAT tomará información de las facturas electrónicas para precargar los datos de los contribuyentes y así facilitar el cálculo del impuesto a pagar.

El SAT tomará información de las facturas electrónicas para precargar los datos de los contribuyentes y así facilitar el cálculo del impuesto a pagar.
08 de diciembre, 2021 | 04:05 AM

Ciudad de México — El Régimen Simplificado de Confianza del SAT, que entrará en vigor en enero de 2022, ha despertado interés entre los contribuyentes que están actualmente inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y también entre las personas físicas que por primera vez pagarán impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Sin embargo, este nuevo régimen fiscal contenido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) también ha generado dudas respecto de cómo serán las deducciones para personas físicas.

Podrán tributar en el nuevo régimen las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales (incluidas las agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas), servicios profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal inmediato anterior no haya excedido de 3.5 millones de pesos.

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De acuerdo con el SAT, en el Régimen de Confianza, conocido como RESICO, busca que los contribuyentes determinen de una manera sencilla, rápida y eficaz el ISR con base en el flujo de efectivo, es decir, considerando lo que efectivamente perciben las personas físicas.

El fisco tomará la información de las facturas electrónicas (CFDI) para precargar los datos que faciliten el cálculo del impuesto a pagar. La tasa de ISR para personas físicas va desde el 1% hasta el 2,50% y se calculará de forma automática gracias a la información obtenida de las facturas.

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Pero ¿cómo serán las deducciones? La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) ha recopilado las preguntas más frecuentes en respuesta a la forma en que aplicarán las deducciones para las personas físicas que adopten el nuevo régimen, o bien, si no aplican.

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Un comerciante que se encuentre en el Régimen de Confianza, ¿podrá deducir, en el cálculo mensual, los sueldos que pague a sus trabajadores?

No se podrán disminuir los pagos efectuados por concepto de sueldos a sus trabajadores en el cálculo de su pago mensual, toda vez que, para determinar el impuesto mensual, será sobre los ingresos efectivamente percibidos, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y sin considerar deducción alguna.

¿Se podrán deducir gastos por concepto de luz, teléfono y papelería para poder determinar ISR mensual?

Estos y otros gastos no podrán restarse a los ingresos efectivamente obtenidos por el contribuyente, toda vez que la mecánica de cálculo del ISR no considera la disminución de deducción alguna.

Hablando del ISR del ejercicio. Si se adquiere diversa mercancía para poder venderla en el negocio, ¿cómo se deduce ésta en el cálculo mensual y anual del ISR?

No se podrá deducir la adquisición de mercancía ni otro gasto que se haya erogado para la obtención del ingreso, toda vez que en el procedimiento para determinar tanto el ISR mensual como el anual dispone que, a los ingresos efectivamente obtenidos, se les aplicará la tasa del ISR establecida en el Régimen de Confianza, sin incluir el IVA y sin aplicar deducción alguna.

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En el cálculo del ISR anual, ¿se pueden aplicar deducciones personales?

Las personas físicas que tributen conforme a lo dispuesto en el Régimen de Confianza no podrán aplicar al cálculo del ISR del ejercicio las deducciones personales establecidas en el artículo 151 de la referida ley.

De acuerdo con el artículo 151 de la Ley del ISR, son deducciones personales los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición, así como los gastos hospitalarios, gastos de funerales, donativos, intereses reales de créditos hipotecarios, aportaciones a la Afore.

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¿Se pueden deducir los honorarios médicos o dentales en el Régimen de Confianza?

No se podrán aplicar las deducciones personales como lo son, entre otras, los gastos médicos, dentales u hospitalarios en este régimen, ya que la mecánica del cálculo del ISR no contempla la disminución de dichos conceptos.

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