MEF plantea que ingresos por alquileres de menos de 2.566 soles al mes no paguen IR

“Esto permitirá que el impuesto a la renta (IR) a los alquileres sea progresivo y más justo, ya que solo pagarían las personas que sobrepasen determinado umbral”, comunicó el Ministerio de Economía y Finanzas de Perú.

MEF plantea que no paguen IR quienes tienen como único ingreso alquileres por menos de S/2.566 al mes.
04 de noviembre, 2021 | 10:13 AM

Lima — En un desarrollo de las medidas tributarias que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de Perú propuso a través de un pedido de facultades legislativas al Congreso de la República, la entidad del gobierno detalló que buscan proponer medidas para apoyar a quienes tienen menores ingresos “como los que tienen como único ingreso el alquiler de un inmueble”.

Como se recuerda, una de las medidas que planteó el MEF en el pedido de facultades apunta a aumentar la carga tributaria ajustando el régimen de Impuesto a la Renta (IR) de primera categoría, grupo al que ingresan las rentas que las personas perciben por concepto de alquiler de inmuebles.

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El objetivo del MEF mediante el ajuste propuesto es “reducir la brechaentre el 5% que se paga ahora como Impuesto a la Renta por cualquier alquiler o venta de un inmueble y la tasa a las rentas de los trabajadores (entre 8% y 30%) que sí funciona de manera progresiva.

Pedro Francke, titular del Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, presentó recientemente el pedido de facultades legislativas que fue enviado al Congreso. Aún deberá asistir al Parlamento para dar mayores detalles.

En la actualidad, el Impuesto a la Renta de Primera Categoría que grava a los alquileres funciona con una tasa fija que se paga por cada transacción, y que es igual tanto para quienes tienen el ingreso por alquiler de una propiedad como único medio de subsistencia, como para quienes tienen grandes ingresos por el alquiler de inmuebles y otras fuentes de renta”, explicó el MEF en un comunicado de prensa difundido este jueves.

Así, el MEF ahora buscaría que las rentas de primera categoría (arrendamiento de bienes muebles e inmuebles) se aplique la escala progresiva acumulativa que se aplica a la sumatoria de las rentas de cuarta categoría (trabajo independiente), rentas de quinta categoría (trabajo dependiente) y las rentas de fuente extranjera.

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De esta manera a las rentas por arrendamiento también se les aplicaría la deducción anual de 7 unidades impositivas tributarias (30.800 soles), con porcentajes de pago mayores a quienes perciben altos ingresos”, explicó el MEF.

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De acuerdo al Ministerio de Economía, la medida permitirá que el impuesto a los alquileres sea progresivo y más justoya que solo pagarían las personas que sobrepasen determinado umbral”.

Y el umbral planteado, justamente, considera que las personas que solo tienen como ingresos mensuales el alquiler de un inmueble por menos de 2.566 soles (aproximadamente US$638,3) no paguen impuesto por dicho arrendamiento, con lo cual se eliminaría su pago actual de 5% del alquiler que le representa un pago de impuesto de hasta 128 soles al mes.

Con esta modificación se logra dar progresividad a las rentas por arrendamiento, además que se iguala su tratamiento tributario al que actualmente tienen las rentas del trabajo”, detalló el MEF.

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El Ministerio de Economía puntualizó que la medida busca que el impuesto que se aplica a los arrendamientos sea uno progresivo. “De esta manera, quienes tienen menores ingresos pagarán poco o nada, y quienes tienen altos ingresos, pagarán más”, remarcó el comunicado.

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