Así quedan las deducciones personales con la restricción a donativos en México

La Miscelánea Fiscal propuso que la deducción de donativos fuera incluida dentro del límite global de deducciones; la propuesta fue aprobada por el Congreso y cobrará vigencia en 2022.

La Miscelánea Fiscal propuso que la deducción de donativos fuera incluida dentro del límite global de deducciones; la propuesta fue aprobada por el Congreso y cobrará vigencia en 2022.
30 de octubre, 2021 | 07:00 AM

Ciudad de México — La restricción de la deducibilidad de donativos que fue aprobada por el Congreso en la Miscelánea Fiscal 2022 resultó un tema polémico entre legisladores, gobierno y organizaciones de la sociedad civil, pero también dejó dudas sobre cómo quedan las deducciones personales con el nuevo criterio para donativos el próximo año.

Si bien la modificación al artículo 151 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) acotará en 2022 la deducibilidad de los donativos que las personas hacen a donatarias autorizadas, las personas físicas podrán continuar realizando donativos y hacerlos deducibles, pero ahora tendrán que ser vigilantes del límite para las deducciones personales.

Las deducciones personales que pueden realizar los contribuyentes se clasifican en cuatro categorías: las deducciones asociadas a gastos de seguridad social, de asistencia social, relacionadas con el ahorro y las relativas a los servicios educativos.

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La Ley del ISR establece que el límite global de las deducciones personales es el equivalente al 15% de los ingresos brutos del contribuyente o 5 Unidades de Medida de Actualización (UMA) anuales (alrededor de MXN$165,000). Este criterio continuará en 2022.

Ese límite global hoy excluye a las colegiaturas, los donativos y las aportaciones complementarias de retiro.

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Es decir, actualmente existe un límite global de deducciones personales en la Ley del ISR, pero en ese límite global no se incluyen los donativos, por lo que una persona puede hacer sus deducciones y alcanzar ese límite global y, además, deducir sus donativos hasta un 7% de los ingresos acumulables del contribuyente.

Lo que propuso la Secretaría de Hacienda en la Miscelánea Fiscal 2022 que envió al Congreso fue que los donativos y las aportaciones complementarias de ahorro para el retiro en las Afores fueran incluidas dentro del límite global de deducciones.

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Al final del proceso legislativo, los diputados y senadores aprobaron que para 2022 los donativos sí se incluyan dentro del límite global como propuso Hacienda, mientras que las aportaciones a las Afores y las colegiaturas seguirán teniendo un tope aparte del límite global, es decir, como está actualmente en la Ley.

El vocero del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), Rolando Silva, explicó en entrevista que los donativos hoy en día tienen un tope independiente al límite global de deducciones personales, pero con la miscelánea lo que se modificó fue esa excepción y a partir de 2022 los donativos se van a sumar a la bolsa global de deducciones personales.

“Quien hacía donativos y solía tener o consumirse el tope de deducciones, sobre todo por los gastos médicos que pudieron subir por pandemia o por las colegiaturas, es quien pudiera verse afectado y llegar al tope, en este caso la deducción separada de donativos le resultaba atractiva”.

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Silva enfatizó que los donativos seguirán siendo deducibles e insistió en que lo importante será que las personas físicas vigilen sus gastos deducibles, principalmente personas con muchas deducciones o con intereses reales pagados por créditos hipotecarios que por sí mismos pueden llegar a consumir el límite global.

La Ley del ISR establece actualmente que los donativos serán deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables del contribuyente. En este punto, Silva explicó que esa limitante se mantiene en 2022, pero se contabilizará a su vez dentro de la limitante global de las deducciones.

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Por ejemplo -clarificó- si una persona no tuviera ninguna deducción más que donativos, solo podría hacer deducible ese 7% de donaciones, es decir, la modificación a la Ley lo que hace es quitar ese 7% que estaba excluido del límite global y ahora quedará dentro.

“Si alguien quiere donar, pero ya se consumió sus deducciones personales, ya no va a ser deducible ese donativo, pero si alguien tiene 50 mil pesos de deducciones y quiere donar 100 mil pesos, ese donativo sigue siendo deducible”.

El experto dijo que no es tan fácil que las personas consuman el límite global de deducciones, ya que, de acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social, la clase trabajadora, la mayoría de los asalariados con derecho a deducciones personales, percibe ingresos promedio de 4 UMAS que son como MXN$10.000 mensuales, lo que los coloca por debajo de la limitante.