Bogotá — El fin de semana se destapó una nueva investigación periodística internacional en la que se pone en evidencia cómo políticos, artistas y multimillonarios de distintos territorios tienen inversiones o activos en jurisdicciones con amplios beneficios fiscales, algunas conocidas como paraísos fiscales.
De ese gran listado no se escapan los colombianos. En la investigación que derivó en los Pandora Papers aparecen 588 nombres de personas naturales y jurídicas de Colombia que figuran como dueños reales de sociedades offshore, que son aquellas que ponen sus sedes en países como paraísos fiscales o de baja tributación.
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En el listado aparece el director de la Dian, Lisando Junco con activos en Delaware, Estados Unidos; la vicepresidenta, Marta Lucía Ramírez; la ministra de Transporte, Ángela María Orozco; entre otros. Tras el revuelo que han generado los Pandora Papers, a modo de ejercicio pedagógico Bloomberg Línea explica qué se considera un paraíso fiscal y qué países clasifica Colombia en esa categoría.
Criterios para considerar paraíso fiscal a un país
En el numeral 1 del artículo 206-7 del Estatuto Tributario colombiano se establecen los siguientes criterios para considerar a un país, jurisdicción, dominio, estado asociado o territorio como no cooperante y de baja o nula imposición (paraíso fiscal):
- Inexistencia de tipos impositivos o existencia de tipos nominales sobre la renta bajos, con respecto a los que se aplicarían en Colombia en operaciones similares.
- Carencia de un efectivo intercambio de información o existencia de normas legales o prácticas administrativas que lo limiten.
- Falta de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento administrativo.
- Inexistencia del requisito de una presencia local sustantiva, del ejercicio de una actividad real y con sustancia económica.
- Además de los criterios señalados, el Gobierno nacional tendrá como referencia los criterios internacionalmente aceptados para la determinación de las jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula imposición.
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¿Qué países son clasificados paraísos fiscales por Colombia?
- Antigua y Barbuda
- Archipiélago de Svalbard
- Colectividad Territorial de San Pedro y Miguelón
- Estado de Brunei Darussalam
- Estado de Kuwait
- Estado de Qatar
- Estado Independiente de Samoa Occidental
- Granada
- Hong Kong
- Isla Queshm
- Islas Cook
- Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno
- Islas Salomón
- Labuán
- Macao
- Mancomunidad de Dominica
- Mancomunidad de las Bahamas
- Reino de Bahrein
- Reino Hachemí de Jordania
- República Cooperativa de Guyana
- República de Angola
- República de Cabo Verde
- República de las Islas Marshall
- República de Liberia
- República de Maldivas
- República de Mauricio
- República de Nauru
- República de Sychelles
- República de Trinidad y Tobado
- República de Vanuatu
- República de Yemen
- República Libanesa
- San Kitts & Nevis
- San Vicente y las Granadinas
- Santa Elena, Ascensión y Tristan de Cunha
- Santa Lucía
- Sultanía de Omán
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Dado el listado expuesto, una de las preguntas que podría surgir es por qué Panamá o Delaware en Estados Unidos no están considerados como paraísos fiscales, si para algunos expertos cumplen las condiciones para ello. Sobre esto desde la Dian explicaron que Panamá empezó a compartir información tributaria desde 2019, tiempo después del escándalo de los Panamá Papers. Además, Estados Unidos también intercambia información tributaria. “Es información automática y eso permite romper cualquier velo corporativo, financiero o secretismo”.
Hay que tener claro que tener activos o inversiones en países con baja imposición tributaria no es un delito, sin embargo, los contribuyentes deben declarar estos activos para evitar multas posteriores por afectar al fisco. Para ello, el Gobierno Nacional ha incluido recurrentemente la normalización tributaria en las reformas aprobadas que buscan precisamente que la gente se ponga al día declarando los activos omitidos.
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La visión de los expertos
Tras lo expuesto hasta ahora, Bloomberg Línea consultó a expertos para saber en qué se debería trabajar para que la gente no decida ocultar su riqueza en paraísos fiscales y que estos no terminen afectando a otros países.
Sobre esto, María Fernanda Valdés, PhD en economía y coordinadora para la Friedrich Ebert Stiftung en Colombia, aseguró que “esto solo puede atacarse verdaderamente si hay un acuerdo internacional que prohíba el secretismo, que reforme la arquitectura fiscal internacional y que acuerde una tasa global mínima, ojalá cercana al 25%, como han propuesto varios expertos, incluyendo a la Comisión Independiente para la Reforma de la Fiscalidad Corporativa”.
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Por su parte, Martín Jaramillo, consultor empresarial y docente universitario de economía, comentó que los paraísos fiscales prosperan más donde hay infiernos fiscales. Colombia es un país con amplias necesidades fiscales y estas no se pueden cubrir cobrándole cada vez más a la misma base con los mismos impuestos ineficientes, distorsionantes y poco técnicos, agregó.
“Insistir cada vez más en esto nos pone en un equilibrio donde todos los incentivos están para que la gente rica no tenga su dinero en Colombia”, resaltó Jaramillo al decir que aunque el mundo está avanzando hacia compartir información y encontrar mecanismos para que la gente más rica tribute, “este es un problema global, difícil de solucionar y de largo plazo. Colombia no tiene cómo ser pionero en esto, por ahora lo que se necesita es más pragmatismo que moralismo”.
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“La receta en los próximos años no será mágica, pero sí puede mejorar la situación: estabilidad jurídica, impuestos eficientes y buenos bienes públicos como contraparte”,
Martín Jaramillo.
Por último, Valdés expuso que “el problema de las guaridas fiscales no es uno de competitividad y sería un error pensar que si nuestras tarifas fueran más bajas menos gente usaría las guaridas fiscales. Mientras existan tasas irrisorias y secretismo bancario, existirá el uso de guaridas fiscales”.