Multa a Bancolombia por cobrar tasas de interés más altas de lo permitido

Por 16 meses cobró tasas de interés remuneratorias en créditos de vivienda a largo plazo (VIS y NO VIS), superior a la máxima establecida por le Banco de la República.

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Bogotá — Bancolombia recibió una multa de $500 millones de parte de la Superintendencia Financiera de Colombia por cobrar tasas de interés más altas de lo que permitía la ley en créditos de vivienda.

La investigación de la Superintendencia Financiera estableció que para el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 26 de septiembre de 2019, Bancolombia cobró tasas de interés remuneratorias en créditos de vivienda a largo plazo (VIS y No VIS), superiores a las determinadas por el Banco de la República.

Al comparar las tasas cobradas por el banco, con las máximas establecidas por el Emisor, se determinó que existen créditos en los cuales la tasa de interés aplicada por Bancolombia fue superior a la tasa de interés máxima permitida, lo que conllevó a concluir la existencia del exceso en el cobro de la tasa de interés por parte del banco a sus deudores en los créditos de vivienda a largo plazo (VIS y No VIS).

A lo largo de la investigación se logró establecer que cobró tasas de interés remuneratorias en la forma superior a la debida respecto de 1.742 créditos de vivienda a largo plazo en moneda legal (VIS y No VIS), correspondiendo a 1.568 créditos VIS y 174 créditos No VIS.

Se probó en la investigación que, por ejemplo, dentro del crédito 52990007970, reportado por la entidad como un crédito VIS, la tasa cobrada fue de 16,95%, mientras que la máxima permitida para dicho crédito, calculada siguiendo la metodología establecida en el artículo 4 de la Resolución Externa No. 03 de 2012 de la Junta Directiva del Banco de la República, era de 12,54%, generando un exceso del 4,41%.

Otro ejemplo, lo constituye el crédito No. 81990004145, reportado por la entidad como un crédito No VIS, en el cual Bancolombia cobró una tasa de 16,5%, mientras que la máxima permitida para dicho crédito, era de 14,48%, generando un exceso del 2,02%.

Cabe precisar que entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, se evidenciaron irregularidades en 1.458 créditos VIS, 1.363 se encontraban vigentes y 95 se encontraban cancelados; mientras que de los 170 créditos No VIS, 155 se encontraban vigentes y 15 habían sido cancelados.

Igualmente, entre el 1 de enero de 2019 y el 26 de septiembre de 2019 hubo otros 114 créditos. Cabe precisar que de los 110 créditos VIS, 103 se encontraban vigentes y 7 se encontraban cancelados; mientras que los 4 créditos No VIS se encontraban vigentes.

El Banco admitió la existencia de errores operativos que conllevaron a un cobro de intereses sin observancia de los límites legales e indicó, como principales situaciones que pudieron haber llevado al presunto cobro en exceso de intereses, las siguientes:

(i) Errores manuales al momento de cargar los registros de información.

(ii) En julio de 2017, se hizo un cambio en el CORE que administra la cartera de vivienda, al momento de cargar información a la nueva herramienta, se presentaron errores.

(iii) Errores operativos al registrar la nueva tasa de la obligación

El banco adelantó las gestiones tendientes a realizar las devoluciones correspondientes de las sumas que consideró cobradas en exceso, indicando que la devolución de estas se efectuó incluyendo el monto de sanción establecido en el artículo 72 de la ley 45 de 1990.

También manifestó que, al 5 de diciembre de 2019, aún se encontraban pendientes de reclamar $705 millones correspondientes a obligaciones canceladas sin cuenta para abonar.

En la investigación se tuvo en consideración que lo relacionado con las tasas de interés aplicables a los créditos de vivienda a largo plazo (VIS y NO VIS), goza de especial protección del Estado en tanto se trata de financiación dirigida a proteger el derecho fundamental constitucional de la vivienda digna, previsto en el artículo 51 de la Constitución Política.