Bogotá — La Corte Internacional de Justicia (CIJ) convocó nuevas audiencias entre este lunes 20 de septiembre y el 1 de octubre para abordar las divergencias entre Nicaragua y Colombia por las cuestiones marítimas.
En esta ocasión el tribunal tratará la demanda de Nicaragua contra Colombia por las supuestas violaciones a los derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe luego del fallo de la CIJ de 2012.
En este ratificó la soberanía de Colombia sobre todas las islas y cayos del Archipiélago de San Andrés y Providencia, aunque con los nuevos límites fijados el país suramericano también perdió 70.000 kilómetros cuadrados de mar territorial.
Estas son las cinco claves para entender el trasfondo del proceso.
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1. Un litigio de larga data
Esta disputa marítima es de larga data y sus orígenes modernos se remontan a 2001 cuando Nicaragua presentó una demanda contra Colombia ante la CIJ para que se declarara inválido el tratado Esguerra-Bárcenas, firmado en 1928.
Este resuelve cuestiones sobre la soberanía de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así como de la costa de Mosquitos que fue cedida por Colombia en el marco del tratado.
Nicaragua reclamaba que el Archipiélago de San Andrés está sobre su plataforma continental y que este tratado violó su Constitución, en tanto que Colombia defiende que ese país nunca ha ejercido soberanía en ese territorio y que su posesión no tiene origen en un acto arbitrario.
2. Fallo en relación con las excepciones
El 13 diciembre de 2007 la CIJ definió que tenía jurisdicción en la disputa entre Nicaragua y Colombia sobre algunas áreas marítimas. No obstante, no ocurría lo mismo en lo referente a las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina ya que entendía que este caso había sido resuelto en el tratado de 1928.
Esto llevó a que en 2012 el tribunal le otorgara a Nicaragua una mayor extensión marítima cerca de los cayos de Quitasueño y Serrana, a lo que Colombia respondió en su momento que el fallo tenía “vacíos e inconsistencias en la delimitación realizada”.
“La Corte hizo caso omiso de los derechos de los colombianos que habitan en el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, desconoció la importancia vital del acceso a los recursos naturales, dio la espalda a los imperativos del manejo ambiental equilibrado en esta sensible área del Caribe occidental”, informó la Cancillería del país suramericano en su momento.
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3. Las nuevas pretensiones
En este caso que los vuelve a llevar al tribunal, la Corte analizará si Nicaragua tiene razón en sus reclamos de que Colombia habría violado el derecho internacional con las operaciones de la Armada Nacional en el mar Caribe.
El país suramericano sostiene que estas se realizaron con “el objetivo de ejercer las libertades de Colombia en el área, proteger a los habitantes del Archipiélago y a la población raizal”.
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Además, sostiene que con ellas busca “cumplir con deberes internacionales en materia de lucha contra el narcotráfico, ejercer protección de la Reserva de Biósfera Seaflower y cumplir con otros deberes derivados de tratados multilaterales; así como con la expedición del decreto que estableció la Zona Continua Integral en el Archipiélago”.
También sigue vigente otro litigio por la reclamación de ese país centroamericano para que se establezcan los límites entre una supuesta plataforma continental extendida que alega tener más allá de sus 200 millas y la de Colombia. Este proceso, que comenzó el 16 de septiembre de 2013, cerró su etapa escrita y la Corte deberá fijar fecha de audiencia en un futuro.
4. Colombia contrademandó a Nicaragua
De otra parte, Colombia contrademandó a Nicaragua porque, según la Cancillería, “ha desconocido la existencia de los derechos tradicionales de pesca de los habitantes del archipiélago, en particular de la comunidad raizal, para acceder a las aguas donde se encuentran los bancos en los que han pescado por siglos”, y “también ha infringido estos derechos como lo han atestiguado pescadores raizales”.
“Nicaragua ha expedido un decreto contrario al derecho internacional relacionado con los puntos y líneas de base a partir de los cuales mide sus espacios marítimos en el Mar Caribe, buscando adjudicarse de forma unilateral áreas marinas en detrimento de Colombia y de otros Estados ribereños del Mar Caribe. Ambas contrademandas serán revisadas en estas audiencias de septiembre”, precisó.
5. La Corte no emitirá un fallo todavía
En esta ocasión la Corte no emitirá un fallo todavía pues primero deben completarse las audiencias orales en las que se tratarán “los puntos que todavía separan a las partes, sin volver a exponer todo lo que ya se trató en los alegatos escritos, ni simplemente repetir los hechos y argumentos ya invocados en los mismos”, según indica el Reglamento de la Corte.
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La Cancillería colombiana precisa que después de este proceso el tribunal debe emitir un fallo que “normalmente tiene lugar varios meses después de dichas audiencias”.
El equipo colombiano en este proceso estará liderado por el agente Carlos Gustavo Arrieta, exmagistrado del Consejo de Estado y exprocurador general, en tanto que el coagente es Manuel José Cepeda, expresidente de la Corte Constitucional de Colombia. También hacen parte seis abogados especialistas en Derecho Internacional Público.