Bogotá — Tras más de un mes de haberse radicado la nueva reforma tributaria en el Congreso de la República, este miércoles se dio el primer debate del proyecto en las Comisiones Económicas Conjuntas que lo aprobó sin mayor discusión en dos grandes bloques.
En el primer bloque se aprobó el 80% del articulado de la nueva tributaria que no contaba con proposiciones legislativas. Esto representó la aprobación de 49 artículos de 61.
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Hay que recordar que de la propuesta inicial del Gobierno, que era de 35 artículos se eliminaron en la ponencia 5, se modificaron 15 y se agregaron 26. En total son 56 artículos, sin embargo, el texto de la primera ponencia que se debatió y votó ayer tuvo 61 porque se tuvieron en cuenta los 5 que se eliminaron.
En el segundo bloque se votaron y aprobaron 10 artículos que quedaron con constancia de proposición para el segundo debate de la reforma. Es decir, se espera que para el próximo debate se puedan revisar las propuestas o reparos que los congresistas hacen a dichos artículos para ver si Hacienda les da el aval o no.
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¿De qué tratan esos 10 artículos?
- Artículo 2: busca crear para el 2022 el impuesto de normalización tributaria. En otras palabras busca que los contribuyentes que cuenten con activos omitidos se pongan al día.
- Artículo 23: busca adoptar como política de Estado la matrícula cero para estudiantes universitarios de bajos recursos.
- Artículo 24: da apoyo a los sistemas de transporte masivo a través de cofinanciación entre la Nación y los entes territoriales durante 2021. Se financiarán los déficit operacionales originados por las medidas de restricción para contener el coronavirus.
- Artículo 28: trata de los bienes que están cubiertos por los días sin IVA.
- Artículo 46: le pone al Congreso la tarea de regular los topes a la exigencia de estampillas para la realización de un mismo trámite.
- Artículo 47: establece condiciones de créditos de findeter diferenciadas para san andrés, se hico para todo el país así que no es necesario
- Artículo 48: autoriza a Findeter a entregar crédito directo, como banco de primer piso, a los entes territoriales.
- Artículo 57: busca modificar el literal j del artículo 428 del Estatuto Tributario que trata de las importaciones que no causan impuesto. La modificación principal es que la importación de bienes cuyo valor no exceda los US$200 no causarán impuestos siempre y cuando sean países con los que Colombia tenga algún acuerdo o TLC, en la norma actual el beneficio aplica para cualquier nación del mundo.
- Artículo 58: trata del plan de austeridad y eficiencia en el gasto público. Se busca que durante los siguientes 10 años el Gobierno reglamente vía decreto el plan de ahorro para cada vigencia fiscal aplicable a las entidades que hacen parte del Presupuesto General.
- Artículo 59: trata de las vigencias futuras para el desarrollo de los proyectos de infraestructura de interés nacional.
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