Así puede postularse a los subsidios del Estado si ha dado empleo a jóvenes

La postulación debe hacerse entre el 12 y 19 de agosto. Se hará teniendo en cuenta la nómina de julio.

Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo de Colombia
11 de agosto, 2021 | 12:41 PM

Bogotá — El Ministerio de Trabajo informó que los empleadores que hayan generado nuevas plazas de trabajo para jóvenes entre 18 y 28 años podrán postularse desde este jueves hasta el próximo 19 de agosto a los subsidios estatales.

El beneficio que se otorgará hasta por 12 veces será del 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente, por cada joven adicional entre 18 y 28 años que se contrate o vincule formalmente a la empresa o negocio, explicó el Ministerio al añadir que el valor para el presente año es de $227.131.

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El Ministerio de Trabajo invitó a que se genere empleo en los jóvenes. Aseguró que quienes contraten a este segmento de la población a más tardar el 15 de cada mes, podrá recibir el 25 % de un salario mínimo legal mensual vigente por cada empleo adicional generado.

“Si los contratas luego de esta fecha, podrás postularte para el apoyo de la nómina del mes siguiente y durante el tiempo que esté vinculado”.

Se debe tener en cuenta que el trámite es gratuito y lo podrán realizar las personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas, para quienes está dirigida esta ayuda.

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Hay que mencionar que por la crisis del coronavirus el desempleo de los jóvenes en Colombia ha aumentado proporcionalmente frente a las tasas que se veían en prepandemia.

En el trimestre móvil de abril y junio de 2021 la tasa del desempleo juvenil llegó al 23,3% en el total nacional, que si bien es 6,2 puntos porcentuales (pps) menos que en el mismo lapso de 2020 (29,5%), el indicador se mantiene alto frente al mismo periodo de 2019 (17,2%).

Estos son los pasos para postularse

  1. Revisar las fechas de la postulación. La primera es desde el 12 hasta el 19 de agosto.
  2. El trámite es gratuito y se debe hacer ante la entidad financiera donde el empleador tenga su cuenta bancaria. Allí le darán dos formularios: el de manifestación de intención y postulación como beneficiario y el de la certificación de cumplimiento de requisitos.
  3. La solicitud ante la entidad bancaria la debe hacer la persona natural empleadora, el representante legal o el que haga sus veces.
  4. Luego de la postulación la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP) se encargará de la validación de requisitos y el Ministerio del Trabajo de la autorización y proceso de giro. Podrás consultar el estado del trámite en la página web de la UGPP.
  5. Los beneficiarios del apoyo recibirán los recursos a los que tengan derecho en la cuenta de la entidad financiera donde se postularon, aplicando los gravámenes legales.