Coctel tributario: en ponencia quieren meter reforma laboral y revisión de TLC

También hay artículos para que más empresas sean cobijadas por el régimen Simple. La ponencia deberá quedar lista y radicada este jueves.

Los próximos días la discusión de la reforma se centrará en el capitolio. Photographer: Ivan Valencia/Bloomberg
04 de agosto, 2021 | 09:15 AM

No está resultando nada fácil construir la ponencia para el primer debate de la reforma tributaria en las comisiones económicas del Congreso de la República.

Si bien se creyó que por el hecho de no tener artículos que tocaran a las personas naturales ni a la Canasta Familiar sería un proceso de trámite, las dificultades han surgido con las proposiciones de los legisladores.

Ya Bloomberg Línea contó esta semana que entre las ideas para la ponencia del primer debate está la de incluir alivios en materia de intereses y sanciones para los contribuyentes que por cuenta de la pandemia no pudieron cumplir con sus obligaciones tributarias el año pasado.

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Ese artículo contó con el consenso de los congresistas y además no recibió reparos de pare del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Lo que no se sabía aún era que dentro de la reforma se le están dando órdenes al Gobierno en materia de reformas laborales y de revisión de los tratados de libre comercio que ya tiene firmados y ratificados.

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Congresistas gravarán su salario

Las elecciones para congreso están a la vuelta de la esquina y los congresistas tienen claro que para asegurar su curul en el periodo que iniciará en 2022 tendrán que mejorar la imagen que tienen ante la opinión pública.

Ante la premura por ello se propuso incluir en la ponencia para primer debate un artículo que creará un impuesto a los salarios de los senadores y los representantes a la Cámara.

Se pretende un gravamen del 10% a sus salarios durante los próximo 5 años. Los recursos serán destinados a programas para la generación de empleo, apoyo a la nómina e impulso a las pymes colombianas.

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Quedaría establecido en la Ley, si se aprueba el artículo, que este impuesto tendrá una vigencia de cinco años, pero podrá ser revisada su posible extensión, e incluso, se abre la puerta para hacerlo permanente.

En la misma línea se planteó la inclusión de un artículo para obligar la reducción en el crecimiento de los salarios de los congresistas. La destinación de lo que consideran un “ahorro” estaría destinada a los mismos fines que el impuesto que deberían pagar por sus salarios.

Más empresas serán Simple

Uno de los temas con los que se pretende ayudar a las empresas medianas y pequeñas es la posibilidad de que ingresen al denominado Régimen Simple.

Este nació inicialmente bajo el nombre de Monotributo y buscaba unificar los impuestos a los que algunas empresas de menor tamaño debían responder. Posteriormente evolucionó al régimen Simple y en la actualidad hay cerca de 3.000 empresas que hacen parte de él.

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Para poder ingresar a este es necesario tener facturación menor a 80 mil UVT al año. Esto es alrededor de $3.000 millones y lo que se quiere es duplicar ese valor a 160 mil UVT para que empresas de mayor tamaño que se vieron afectadas por la pandemia puedan inscribirse en el régimen.

La iniciativa que fue presentada por el senado Efraín Cepeda está prevista para ir hasta el final de 2023 y posteriormente volverá a cobijar a compañías con facturación de 80 mil UVT.

Cambios en devoluciones

Actualmente el Estatuto Tributario contempla unas condiciones para la devolución de saldos a favor. En la ponencia que se está elaborando se quiere agregar un caso más en el cual se podrá proceder con la devolución de saldos de forma automática.

Para ello se le agregará el literal “c” al artículo 855 del estatuto actual el cual dirá: “El mecanismo de devolución automática procederá para los productores de bienes exentos de que trata el Artículo 477 del Estatuto Tributario de forma bimestral en los términos establecidos en el Artículo 481, siempre y cuando el 100% de los impuestos descontables que originan el saldo a favor y los ingresos que generan la operación exenta se encuentren soportados en facturas emitidas mediante el mecanismo de facturación electrónica y/o documento equivalente”.

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Para ello argumentan que, en razón al desarrollo de la facturación electrónica, tanto por la capacidad operativa de la Dian, como por la implementación requerida por parte de los contribuyentes, se cumplen los presupuestos para la aplicación para proceder con un esquema de devolución más expedito.

Además, advierten que con la implementación de la facturación electrónica, articulada al proceso de devolución del IVA, particularmente de los alimentos que están en la categoría de bienes exentos, se logran tres aspectos fundamentales: i) un control absoluto sobre la evasión del IVA; ii) reducción de la carga operativa de la Dian en los procesos de devolución, misma que se puede orientar a otras fases operacionales que contribuyan con el mejoramiento del recaudo y; iii) una mejora sustancial en el flujo de caja para los productores de bienes exentos (proteína animal).

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Así operarán los alivios a morosos

Los congresistas tienen el propósito de introducir beneficios temporales. Sostienen que con ocasión de la pandemia que ha afectado en forma general la economía del país y el normal desarrollo de las actividades de los contribuyentes se hacen necesarios.

Una de las propuestas plantea que apliquen a los sujetos pasivos, contribuyentes, responsables y agentes de retención de los tributos que administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Dian-:

El primero sería en lo referente a la extemporaneidad. Quedaría estipulado que quienes estando obligados a presentar una o varias declaraciones tributarias en una fecha anterior a junio 30 de 2021, no lo hubieren hecho, podrán presentarlas sin pagar la sanción por extemporaneidad correspondiente, a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

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También hay propuestos beneficios en la tasa de interés de mora. Quienes tengan deudas a su cargo por concepto de impuestos, anticipos o retenciones, cuyo vencimiento sea anterior al junio 30 de 2021, podrán efectuar el pago total o parcial de las sumas adeudadas con una tasa de interés de mora del 0,1% que se aplicará desde la fecha de nacimiento de la obligación y hasta la fecha de pago, siempre que el pago se realice a más tardar el 31 de diciembre de 2021.

De otro lado hay la idea de introducir beneficios de eficacia en las declaraciones tributarias. Las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total, cuyo vencimiento sea anterior a junio 30 de 2021, serán eficaces si el contribuyente o agente retenedor cancela las sumas adeudadas antes del 31 de diciembre de 2021, con los intereses moratorios calculados aplicando la tasa de interés de mora que se propuso anteriormente.

También se tiene previsto un artículo en el que se buscará ampliar los plazos para realizar acuerdos de terminación anticipada de mutuo acuerdo.

Revisar acuerdos internacionales

Uno de los temas que se está proponiendo dentro de la reforma tributaria es la de ordenarle al Gobierno que tras aprobada la Ley se entre a buscar la renegociación de tratados de libre comercio ya firmados por Colombia, en ejecución, pero que juicio de algunos congresistas, son perjudiciales para diversos sectores de la economía.

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El artículo establece que “de acuerdo con las conclusiones del informe anual sobre los impactos de los Tratados de Libre Comercio (TLC) ratificados por Colombia, de qué trata la Ley 1868 de 2017, el Gobierno Nacional deberá evaluar la conveniencia y factibilidad de su renegociación en aquellos puntos donde se evidencie un impacto económico negativo, buscando potenciar la exportación de productos y servicios no minero energéticos. El Gobierno, teniendo en cuenta lineamientos de la OMC, asumirá un real compromiso en aplicar las normas que eviten prácticas anticompetitivas que menoscaban los beneficios del acuerdo a fin de balancear la posición de negociación del país”.

Justifican la proposición diciendo que a la fecha, Colombia cuenta con 16 acuerdos comerciales y que sin embargo, pese a tener más acuerdos y presentar más importaciones, Colombia no ha logrado aprovechar estas negociaciones, en la medida que su apertura económica cada vez es menor, no logra extender sus exportaciones a más bienes y servicios pues el 80% de sus exportaciones no minero energéticas se explican por mantener las exportaciones previas a la firma de los acuerdos comerciales y sus términos de intercambio desmejoran.

Reforma que ordena reforma

Desde varios años atrás se vienen enumerando las reformas que no dan espera en Colombia. Se ha hablado de la pensional, justicia, a l a policía tras el paro nacional y a la labora, entre otras.

Pues uno de lo artículos que se quiere introducir en la tributaria que está haciendo carrera en el Congreso está encaminado a ordenarle al Gobierno que en la legislatura siguiente (es decir, no le correspondería al Gobierno de Iván Duque) presente un proyecto de reforma laboral que permita corregir aspectos como la informalidad, tanto urbana como rural.

Lo cierto es que en el artículo no se aclara con exactitud en qué aspectos deberá enfocarse la reforma laboral que ordena. Simplemente le deja tarea al próximo Gobierno.