Retiro AFP 2024 en Perú: SBS define el cronograma para la entrega de los fondos

El primer desembolso debe ser realizado por las AFP, como máximo, a partir del 14 de junio, para aquellas solicitudes presentadas el 20 de mayo

Soles peruanos.
03 de mayo, 2024 | 08:45 AM

Bloomberg Línea — La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) emitió este viernes la resolución que establece el procedimiento operativo para que los afiliados de las AFP puedan retirar hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) de sus cuentas individuales de capitalización.

La Resolución SBS N° 1623-2024 se emite luego de que en abril el Pleno del Congreso diera luz verde a los peruanos para que puedan retirar sus fondos de sus cuentas individuales de los fondos privados de pensiones.

Las 4 UIT equivalen a unos S/20.600 (unos US$5.600) por persona.

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Todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones pueden acceder al retiro de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización, sin excepción.

Los fondos retirados de las CIC mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

Sin embargo, es necesario seguir un proceso establecido por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS).

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De acuerdo a la SBS, los afiliados podrán presentar por única vez su solicitud de retiro ante las AFP a partir del próximo 20 de mayo.

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El plazo máximo para la presentación de las solicitudes, que es de 90 días calendario, vence el 17 de agosto de 2024.

“Este plazo responde a la necesidad de que las AFP implementen los mecanismos de ciberseguridad y de conservación de información que correspondan, según establecido en el reglamento para la gestión de la seguridad de la Información y la ciberseguridad (Resolución SBS N.°504-2021)”, indicó en un comunicado.

Cronograma para la entrega de los fondos por parte de las AFP en Perú

  • Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
  • Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
  • Tercer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
  • Cuarto desembolso por hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.

El primer desembolso debe ser realizado por las AFP, como máximo, a partir del 14 de junio, para aquellas solicitudes presentadas el 20 de mayo.

Entre tanto, si el afiliado presenta su solicitud el día 21 de mayo, su primer desembolso será el 17 de junio, y así sucesivamente.

Las responsabilidades de las AFP en Perú para el retiro de fondos

La Superintendencia ha informado que las AFP establecerán los mecanismos para garantizar la disponibilidad y adecuado funcionamiento de los canales de atención de las solicitudes de retiro y/o desistimiento de sus afiliados.

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Además, señaló que deberán difundirlos antes del inicio de la presentación de las solicitudes.

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“Las plataformas implementadas por las AFP para el registro de las solicitudes de los afiliados deberán contar con estándares mínimos que permitan su correcto llenado y envío, en términos de tiempo y acceso”, explica.

El documento también estable que las AFP deberán establecer los protocolos de comunicación para aquellos afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados para que ingresen su solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin.